Dice el señor Feijóo: “es indignante que Sánchez impida al ejército defenderse en Ceuta”. Y, realmente lo es, pero no para que un político de esta “democracia” nuestra lo ponga en su propia boca. En todo caso, lo será y estará plenamente justificado en boca de los militares de carrera. Ellos, como jefes de las fuerzas que actúan bajo su mando en las calles, o en cualesquiera otros lugares, sí tienen el derecho de indignarse, pues no les cabe otra. A no ser la rebelión abierta. En cambio Sánchez, haciendo uso de sus prerrogativas como Presidente del Gobierno de España, se pasa de rosca. No sabe lo que dice, ni lo que hace. Y si es consciente de lo que hace y dice, dice y hace mal.

Los sucesos sufridos recientemente por fuerzas del ejército español en aquella provincia, no son sino consecuencia de la invasión tácita (aunque sea pacífica) que esa parte de la nación española lleva sufriendo desde hace tiempo. Y puede que, en su pacifismo no justifique una respuesta extrema de los miembros del ejército allí destacados. Sin embargo, cuando la violencia se manifiesta de modo expreso y abierto contra esas fuerzas, mediante agresiones con piedras o cualesquiera otros elementos contundentes que puedan causar daño físico grave a las mismas, existen normas penales que regulan claramente dicho comportamiento.

Al señor Feijóo le puede parecer “indignante” la exigencia del Presidente de Gobierno a nuestras Fuerzas Armadas presentes en aquella provincia. Mas yerra. Y no sólo lingüística, sino caprichosamente. Pues impide voluntaria y alevosamente el ejercicio de un derecho explícitamente reconocido por la Ley a toda persona, no exclusivamente a quienes sean militares. En todo caso, el señor Feijóo podría haber dicho “absurdo”, y le habría quedado más bonito. Pero no, dijo “indignante”. Un término que, como es lógico y razonable, quienes tienen todo el derecho del mundo a manifestarlo así son los propios mandos militares de quienes dependen esas fuerzas. Y poseen ese derecho, precisamente los que están obligados a respetar las órdenes que reciben de sus superiores políticos, aunque sean civiles y carezcan de uniforme. Otra cosa es que deban obedecerlas en casos como el que nos ocupa.

Puede que para muchos todo este razonamiento sea discutible. Y ciertamente lo es, como tantas otras cosas en los tiempos que vivimos. Donde todo parece estar sujeto no ya a ese principio que hemos admitido impúdicamente como democrático; sino simplemente demoníaco. Pues en puridad, todo cuanto nos rodea es –valga la redundancia– impuro. No obstante, hay situaciones que, por sí mismas, no se sostienen frente a determinados argumentos. Y menos si a las fuerzas militares presentes en el lugar se les obliga a ir desarmadas. Causa esta por la que, muy probablemente, algunos de sus integrantes sufrieron agresiones físicas más o menos graves. Algo que no excluye en modo alguno, por supuesto, las psicológicas. Esas lesiones que, sin ser corporales, afectan al espíritu y a la dignidad propiamente dicha de cada ser humano. Un perjuicio que, raramente puede ser valorado cuantitativamente. Pero que, a pesar de ello, se halla contemplado y valorado en el ámbito jurídico, aunque un ladino y enfermizo Presidente de Gobierno se las pase una y otra vez, desde que “hurtó” el cargo que ocupa, por el forro de sus antojos.

Llegados a este punto hemos de aclarar que, el de la legítima defensa es un derecho reconocido por nuestras leyes. Recogido concretamente en nuestro Código Penal (C.P.), queda regulado en el artículo 20.4 del mismo. Así como en los análisis y sentencias de nuestro Tribunal Supremo 1565/23, donde se trata la figura jurídica que permite a una persona defenderse de modo proporcionado de una agresión ilegítima, sin incurrir en responsabilidad penal alguna.
Los requisitos exigidos para que una agresión sea considerada ilegítima son, a saber:
¨¨ Que suponga riesgo inminente para bienes jurídicos legítimamente defendibles.
¨¨ Que tenga lugar no sólo cuando se realice un acto de fuerza, sino también cuando se perciba una actitud de inminente ataque, o de la que resulte evidente el propósito agresivo inmediato (Sentencia del Tribunal Supremo, Sala 2ª, 16/19/2000). En casos de amenazas, podría aceptarse igualmente la legítima defensa. E igualmente en casos de entrada indebida en una morada. (Art. 20.4)
¨¨ Que exista necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión.
¨¨ Que exista falta de provocación suficiente por parte del defensor. Es decir: la persona que alega eximente no tiene que haber agredido previamente al agresor.
Todas estas circunstancias concurren claramente en el caso de los militares que sufrieron agresiones en la provincia española de Ceuta. Por lo que prohibir que quienes se hallaban destacados en aquellos momentos en el lugar en el que se produjeron las mismas, resulta inaudito y, por supuesto, aberrante desde un punto de vista jurídico. No obstante, a pesar de todas estas apreciaciones, a nuestro paranoico Presidente, se la suda todo, como se suele decir hoy en términos vulgares. Tan vulgares como lo es Sánchez y toda su comparsa.
Afortunadamente, como apostillarían algunos de nuestros grandes literatos (Pérez Galdós, en Fortunata y Jacinta; Víctor de la Serna, La profecía de Rubén y el mensaje de Nicaragua; Mateo Alemán, Segunda parte del Guzmán de Alfarache; y otros), “no hay mal que cien años dure”, como reza el proverbio. No obstante, existen referencias históricas en las que este dicho hace aguas. O no quede sobradamente justificado. Tal es el caso de la Guerra de los Cien Años, conflicto intermitente entre Inglaterra y Francia. Una guerra que duró 116 años, por causa de una disputa entre los reyes Eduardo III y Felipe VI respectivamente. “Inocente” conflicto que se inició con la reivindicación de los derechos feudales de Gascuña, acabando por convertirse en una guerra por la corona de Francia.

Así que, si nos sirve de consuelo, asumamos que “no hay mal que no venga por bien”. Y esperemos que así sea, si Dios quiere. Al igual que aquí, en España, que el problema no llegue a tanto. Sin embargo, en la mente de muchos aún subyace en estos momentos el crudo y triste recuerdo de nuestra Guerra Civil (1936-1939). Algo que nadie desea revivir. Pero que, con un mentecato tan cojonudo como Sánchez, tan retorcido y de colmado cinismo, así como con el fanatismo de un electorado iletrado y grosero que se suma a sus dictados, y una casta política tan innoble como la que nos rodea, nunca se sabe adónde podremos llegar.

