Desde hace días, los medios de comunicación se dedican a airear la noticia de una “reforma” del Código Penal español para reducir, e incluso hacer desaparecer, el delito de sedición. Algunos nos signamos y nos persignamos ante esta idea, sin duda sibilina, pues nos parece que se trata más de una medida de aliento para los condenados por este delito, que de una medida de auténtica justicia. Sin embargo, nuestro “presi…” lo ha definido públicamente como una “solución necesaria” para “adecuar nuestro ordenamiento jurídico al del resto de los países europeos”.
Muchos, sin duda, adictos a las noticias de las cadenas televisivas liberales (que no libres), y otras tantas personas que no tienen obligación de conocer el Código Penal, entre otros, de nuestro país, opinarán que esta idea de reducir o hacer desaparecer determinado tipo de delitos es algo normal, pues en un país “democrático”, como el nuestro, la simple expresión del pensamiento es algo a lo que todos deberíamos tener derecho, sin ambages. Sin embargo, y aunque esto, según algunos, parece que debiera ser así, todo tiene sus límites.

Quienes opinan de este modo olvidan que, en un estado unitario, como el nuestro, aunque esté compuesto por autonomías, no se puede permitir que cada cual tire por donde le place. Sencillamente, porque ello equivaldría a desautorizar los códigos y leyes por los que todos hemos de regirnos. Y porque, de otra forma, el propio sistema autonómico dejaría de tener sentido. De hecho, algo similar a esto comienza a ocurrir, ya que la posición del “presi…” viene a desautorizar completamente la sentencia del 1 de Octubre del Tribunal Supremo, por la que se condenaba a los culpables a penas que oscilaban entre 9 a 13 años para quienes hubieran cometido delitos de sedición y malversación.
La proposición de ley, por tanto, de PSOE y Unidas Podemos, para “reformar” el delito de sedición en España no es sólo una mentira más, una pantomima, un acto impúdico de carácter legislativo, sino una especie de “absolución” que, poco menos, vendría a santificar a los “pobrecitos” personajes que cometieron el error de violar la Ley, y con ello a darle alas para que, a partir de ese momento, puedan hacer de su capa un sayo en Cataluña, territorio que, por el momento, sigue siendo (y esperemos que durante muchos años más) una parte más del estado español. Ni más, ni menos importante (que nadie se deje engañar), sólo una parte más.

Pero lo realmente entristecedor, lo verdaderamente aberrante y falto de toda escrupulosidad viene de la mano del “presi…”. Un ser cada día más anodino que, con toda la malicia que cabe en un ser indigno de gobernar un país tan GRANDE como es España, miente descarada y permanentemente, en un intento por hacernos creer que cuanto hace es en busca de la verdad y para hacer que la concordia entre los españoles encuentre un lugar definitivo en nuestro seno. Nada hay más siniestro.

Es cierto que, el delito de sedición no está tipificado como tal en otros países europeos. Lo cual no implica que no exista en ellos un delito similar o igual que, sin responder a esa terminología, no considere los actos cometidos como atentatorios contra los mismos “bienes” a los que se refiere nuestro C. Penal. En España, el delito de sedición está tipificado como un “acto contra el orden público, consistente en el alzamiento público y tumultuario destinado a impedir la aplicación de las leyes, o el legítimo ejercicio de sus funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, por medio de cauces alejados de las vías legales, o de las resoluciones judiciales o administrativas” (art. 544 del C.P.). Sus penas oscilan entre 8 y 10 años de cárcel, excepto si el/los reos son cargos públicos, en cuyo caso las condenas oscilarán entre 10 y 15 años de prisión. En ambos casos la pena llevará aparejada la “inhabilitación absoluta”.
Ello quiere decir que, si el gobierno de España sustituye aquel por el de “desórdenes públicos agravados”, las penas serían de 3 a 5 años de prisión, e inhabilitación de 6 a 8 años. Es decir, el equivalente a meter un “caramelito” en la boca de cada uno de los que han intentado socavar gravemente el orden institucional y la estabilidad y unidad patrios.

No nos entretendremos por tanto en explicar cuáles son las penas que otros estados europeos establecen para estos hechos, cualquiera puede comprobarlo a través de internet. Pero en todos ellos son más altas que las dispuestas en nuestro actual C.Penal. En alguno, como es el caso de Francia, pueden llegar hasta la pena de muerte. De modo que, si el “presi…” quiere persistir en su discurso concordante, que lo haga. La realidad es que, no dejará de ser una traición más. Nosotros, por nuestra parte, estamos convencidos de que todo es una chufla, y el país no está para chuflas. Una sucia maniobra más, para eludir el principio general de NO retroactividad de las leyes, según el cual ninguna ley penal puede afectar a situaciones que tuvieron lugar en el pasado. El “presi…” sabe que el indulto supone pasarse por el “arco del triunfo” la legalidad vigente a los ojos de todos los españoles, que pensarán (como ya lo vienen haciendo desde hace mucho tiempo) que la igualdad ante la Ley no existe. Pero también sabe que cualquier maniobra que tienda a favorecer a los sediciosos catalanes no supone (aunque pueda parecer contradictorio) sino legalizar un delito más de manera encubierta, o con apariencia de ser legal. Pues bien, no será ni legal ni lícito. Pero ahí están los tribunales de justicia. Que actúen. O, cuando menos, que alcen la voz, en lugar de permanecer en silencio ante la felonía legislativa, que amenaza con convertirse en una vara de medir exclusiva para los poderosos.
Esperemos que, si el proyecto de ley sigue su curso y se convierte en Ley, no sea refrendado por la Corona, como sería deseable. De lo contrario sería una puñalada más para nuestra ya suficientemente castigada democracia. Y ya no quedaría más que decir. Tan sólo que lo de “presi…” no se refiere a nadie en particular, sino al término presidiario.